Dr. LUIS ARTURO SALAS PORTILLA

Presidente del Tribunal Superior

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República de Colombia

Rama Judicial del Poder Público

Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia

Secretaría General


CONVOCATORIA POSTULACIÓN CARGO JUEZ

VACANTE TEMPORAL: JUZGADO QUINTO PENAL MUNICIPAL CON FUNCIÓN DE CONTROL DE GARANTÍAS DE ARMENIA


Asunto: Convocatoria para proveer vacante temporal de Juez Municipal (por 22 días continuos de vacaciones del titular).

Dirigido a: Empleados de carrera del mencionado Despacho y/o quienes integren el registro de elegibles.

Plazo Máximo: Hasta el miércoles dos (2) de septiembre del año en curso, hasta las cinco de la tarde (5:00 p.m.).

Correo de Recepción: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 132 de la Ley 270 de 1996, modificado por el artículo 68 de la Ley 2430 de 2024, y teniendo en cuenta que a la titular del Juzgado Quinto Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Armenia, Quindío, la Sala de Gobierno le concedió el disfrute de un período de vacaciones por veintidós (22) días, a partir del 5 de octubre de 2026, inclusive, se CONVOCAlos empleados de carrera del referido despacho judicial y a los integrantes del registro de elegibles que estén interesados y reúnan los requisitos legales para proveer la vacante temporal del cargo de Juez Municipal.

Los aspirantes deberán acreditar los requisitos exigidos para el desempeño del cargo, esto es, tener título de abogado y experiencia profesional no inferior a tres (3) años, y manifestar oportunamente su interés en ocupar la mencionada vacante temporal.

Los interesados que reúnan los requisitos exigidos deberán remitir su postulación más tardar el miércoles dos (2) de septiembre de 2026, hasta las cinco de la tarde (5:00 p.m.), exclusivamente al correo electrónico de la Secretaría General del Tribunal Superior de Armenia, adjuntando en un único archivo PDF la documentación actualizada y relacionada a continuación.

Se advierte que las postulaciones que se presenten de manera incompleta o que no contengan la totalidad de los documentos exigidos no serán consideradas para el correspondiente estudio por parte de la Sala Plena de la Corporación. 

Asimismo, si al vencimiento del término establecido no se recibe ninguna postulación, se entenderá que no existen interesados en atender la presente convocatoria. De igual manera, las postulaciones allegadas con posterioridad a la fecha y hora límite fijadas serán rechazadas por extemporáneas y no serán objeto de evaluación.

La presente convocatoria se realiza en cumplimiento de los principios de igualdad en el acceso, imparcialidad en la evaluación, publicidad de las actuaciones, moralidad administrativa y celeridad, previstos en el inciso segundo del artículo 68 de la Ley 2430 de 2024, mediante el cual se modificó el numeral 2 del artículo 132 de la Ley 270 de 1996, y de conformidad con lo reglamentado por el Acuerdo PCSJA24-12238 del Consejo Superior de la Judicatura.

 

Documentos oficiales del proceso: